IMANOL CARRERA (1965 - 1993)
El acreditado diario "El País" del 11 de junio de 1998, publicó de la pluma de su corresponsal en San Sebastián, Aurora Intxausti, que habían sido absueltos los tres acusados por la muerte de un joven en un encierro.- Un acuerdo entre los procesados y la rebaja de la petición fiscal posibilitó ayer que tres imputados en la muerte de un joven en un encierro en Pasaia (Guipúzcoa), a los que inicialmente se les acusaba de un delito de imprudencia temeraria, fuesen absueltos.
La juez Carmen Zubimendi absolvió al ex alcalde de Pasaia Xabier Portugal, de Herri Batasuna; al jefe de la Unidad de Espectáculos de la Ertzaintza, Alfredo Nájera, y al ganadero Pedro Jesús Domínguez como responsables de la muerte de Imanol Carrera Sigüenza, de 28 años de edad, casado y padre de una niña, quien falleció tras ser corneado por un toro en un encierro en las fiestas locales de 1993. El acuerdo entre las partes implicadas se consiguió después de varios meses de conversaciones entre los representantes legales y tan sólo 24 horas antes de que se celebrase el juicio. El acuerdo económico quedará recogido en la sentencia que dictará la juez en los próximos días. La familia del fallecido retiró la acusación tras llegar a un acuerdo con los procesados y las aseguradoras y conseguir una indemnización de 31.5 millones de pesetas.
El Ayuntamiento de Pasaia (ó Paseo, un municipio costero y portuario de la provincia vasca de Guipúzcoa, España). y el Gobierno vasco ofrecieron a la viuda la citada cantidad, que será abonada a partes iguales por esas dos instituciones. Además, en el acuerdo se pedía que el representante de la acusación pública rebajase el tipo de delito y lo calificase como una falta. La Fiscalía aceptó la petición y acordó que los procesados eran responsables de una falta. Astas sin despuntar. En la vista oral celebrada ayer en el Palacio de Justicia de San Sebastián la magistrada Zubimendi escuchó a cada una de las partes implicadas en el suceso y acordó dictar una sentencia absolutoria. Ante la renuncia expresa de la acusación pública y de acuerdo con el tipo penal que se aplicaba no podía existir otro fallo que el absolutorio. Los hechos que derivaron en un proceso judicial se produjeron el 7 de julio de 1993 en Pasai Antxo durante un encierro que se celebraba por la tarde, cuando uno de los astados corneó a Imanol Carrera Sigüenza, de 28 años. Hasta que se produjo el suceso, la víctima había permanecido en un bar y tras el paso de un grupo de reses salió a la calle sin percatarse que no había cruzado el recinto toda la manada. Uno de los astados alcanzó con el pitón a Imanol Carrera y le seccionó la arteria y la vena subclavias izquierdas (le corneó a la altura del cuello y el pecho, falleciendo al poco en el Hospital de Aránzazu). El encierro, según los informes de la Fiscalía, incumplía la normativa que regula la celebración de espectáculos taurinos tradicionales, ya que las reses sobrepasaban el peso máximo permitido y no tenían las astas despuntas o emboladas. Los toros, que pesaban 500 kilos, sobrepasaban con creces los 320 kilogramos que permite la legislación para actos festivos. A pesar de los informes que recomendaban la suspensión del encierro, el alcalde ordenó que se celebrase y la fiesta acabó en tragedia.
Fuentes:
http://elpais.com/diario/1998/06/11/paisvasco/897594006_850215.html
http://elpais.com/diario/1998/06/08/paisvasco/897334812_850215.html